Cada año miles de personas procedentes del extranjero deciden en España seguir con sus estudios o buscar oportunidades laborales. Para ambos casos se exige que se presenten documentos que acrediten que se han cursado estudios. Ya sea a nivel básico, bachillerato o universitario; la finalización de estos estudios se demuestra por medio de los títulos.
Pero en el caso de los títulos universitarios se hace una serie de procesos llamados equivalencia y homologación. Se hacen con la finalidad de reconocer dichos documentos, pero conforme a las leyes académicas vigentes en el país. Es decir, se evalúa si los estudios cursados en el extranjero se adecuan a los estudios impartidos en territorio nacional.
Desde el año 2020 el Ministerio de Universidades es la institución encargada de realizar el proceso de homologación de los títulos universitarios extranjeros. Es un requisito indispensable para quienes necesitan ejercer una profesión regulada en el país. Por ello, se comienzan a generar varias interrogantes con respecto a cuáles son los pasos y requisitos para poder hacerlo.
Como resultado se puede obtener un documento al que se le llama equivalencia. Es decir, un documento que acredita que hemos cursado estudios que son equivalentes a un Grado o Máster universitario español. A continuación se brindan detalles sobre cada uno de los pasos a seguir para realizar una equivalencia y homologación de títulos en España.
Tabla de contenidos
- 1 ¿Cuál es la diferencia entre homologación y equivalencia?
- 2 ¿Cuáles son los pasos a seguir?
- 3 Legalización del título y emisión del expediente
- 4 Copias, expedientes y DNI
- 5 Traducción Jurada
- 6 Requisitos extra para profesiones reguladas
- 7 Pago de la tasa 107
- 8 Solicitud de la homologación
- 9 Trámite de equivalencia
¿Cuál es la diferencia entre homologación y equivalencia?
Existe mucha confusión con respecto a que hacen referencia los términos de homologación y equivalencia. Lo cierto es que la homologación es el trámite que lleva más tiempo para finalizar, además es el más complejo y también costoso. Hasta ahora se han realizado múltiples cambios en cuanto a la institución encargada, lo cual ha supuesto que sean asignados hasta tres ministerios diferentes.
El término homologar se usa para referirnos al proceso global en el que se da validez a un título extranjero en España. Dicho procedimiento solo compete a los documentos originales. En cambio, las equivalencias o convalidaciones se usan para la evaluación de otros documentos que no son de uso legal, pero tienen relación con el sistema educativo del país de destino. En este caso generalmente se trata de la correspondencia.
Significa que las equivalencias son todos los trámites que se hacen después de la homologación. Consisten en realizar comparaciones, análisis y validación de documentos que proceden del extranjero, que se relacionan con las instituciones o los estudios cursados. Generalmente se trata de correspondencia emitida por personas de cargos importantes, como pueden ser los decanos o incluso profesores por ejemplo. Entonces ¿Cómo es el proceso de homologación y equivalencia?
¿Cuáles son los pasos a seguir?
- Legalizar el título, el expediente académico y emisión del DNI.
- Verificar todas las copias de los documentos.
- Hacer y presentar una Traducción Jurada a Español (no aplica en caso de haber cursado estudios en un país e instituciones de habla hispana).
- Acreditar la autorización para ejercer una profesión regulada.
- Acreditar la competencia lingüística en Español (solo para las profesiones reguladas)
- Pagar la tasa número 107
- Solicitar la Homologación
- Realizar el trámite de Equivalencia
- Paso final: Resolución y emisión de los documentos que acrediten haber cursado estudios equivalentes a un Grado o Máster universitario español.
Legalización del título y emisión del expediente
Antes de iniciar con el proceso de homologación primero se debe legalizar el documento en el país donde se expidió. No es necesario en caso de que el documento se haya emitido en uno de los estados miembros de la Unión Europea. Este es un proceso que se hace con la finalidad de que el país de origen garantice al estado español que el documento es auténtico y válido.
También se le conoce como legalización diplomática / consular o Apostilla de La Haya. Debe ser realizado por una institución del país donde se emitió el título, aunque también se puede gestionar con ayuda de la embajada o consulado que se encuentre dentro del territorio español. Los sellos y las firmas deben figurar en todos los títulos y certificados originales. Este es un paso previo necesario antes de realizar las copias.
Copias, expedientes y DNI
El siguiente paso consiste en verificar las copias sacadas de los documentos originales. Este es un proceso que debe realizar uno de los miembros autorizados del Cuerpo de Funcionarios del Gobierno de España. Se hace con la finalidad de hacer válido estos documentos como copias fieles de los originales, son selladas como “copias compulsadas”.
Son 3 los organismos en donde se puede realizar este proceso: Registro del Ministerio de Universidades, Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno: consulta la web del Ministerio y en las Embajadas y Consulados de España.
Traducción Jurada
Si el título universitario y otros documentos no están en idioma español, se procede a realizar una traducción jurada. Para ello se solicita a los servicios de un traductor oficial jurado registrado en el listado del MAEC para que emita este documento, es decir de la copia compulsada del título legalizado previamente. Los traductores que están habilitados para traducir, firmar y sellar; por parte del Ministerio de Exteriores son a quienes se debe buscar.
Requisitos extra para profesiones reguladas
En algunos casos en particular seis exige que el solicitante realice una serie de exámenes especiales, e incluso que deban inscribirse en un colegio profesional en concreto. Son varias las profesiones que pertenecen a esta lista y son las siguientes:
- Médico
- Veterinario
- Farmacéutico
- Enfermero
- Podólogo
- Fisioterapeuta
- Óptico-Optometrista
- Dentista
- Nutricionista
- Terapeuta Ocupacional
- Arquitecto
- Ingeniero (Aeronáutico, Agrícola, Forestal, Industrial, de Minas, de Obras Públicas, de Telecomunicación, en Topografía, Agrónomo, de Montes, Industrial, Naval y Oceánico, de Caminos, de Canales y Puertos)
- Abogado
- Juez
- Profesor de Enseñanza Secundaria
Además, se debe demostrar que se cuenta con autorización para ejercer dicha profesión en el país de procedencia, así como también acreditada la competencia lingüística al castellano. Pueden ser con los siguientes documentos: Diploma de Español como Lengua Extranjera nivel B2, Certificado de una Escuela Oficial de Idiomas nivel B2 o con un Certificado de Aptitud en Español para extranjeros.
Pago de la tasa 107
El precio actual de esta tasa es de 163,22 euros, y se paga antes de hacer la solicitud de la homologación. Es un requisito obligatorio presentar el recibo que acredite la realización de este pago.
En caso de hacer el pago dentro del territorio nacional se descarga e imprime la planilla número 790. Se entrega en uno de los bancos autorizados para la recaudación tributaria y se abonará el importe en efectivo. La entidad emite copias selladas y firmadas que se utilizarán como prueba. En cambio, si el pago se hace desde el extranjero se realiza una transferencia bancaria a la cuenta del Banco de España número: ES 16 9000 0001 2002 5310 8022.
Solicitud de la homologación
Para realizar la solicitud oficialmente se entregan todos los documentos de los trámites previos. La Solicitud de Homologación y Equivalencia se hace ante el Ministerio de Universidades. Este es un proceso que se puede hacer de forma presencial solicitando una cita previa llamando al siguiente número 060. También las citadas se pueden solicitar desde la página web de la Subdirección General de Títulos del Ministerio de Universidades.
También el proceso se puede hacer por internet, el cual es más práctico y rápido. Se realiza desde las páginas web oficiales del Ministerio de Educación o del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Trámite de equivalencia
Este es un trámite que se hace para realizar comparaciones entre las diferentes titulaciones. Es decir, se establece un sistema de equivalencias, en donde tenemos en cuenta las similitudes y diferencias entre el sistema educativo español con el de otro país. Las instituciones encargadas de este procedimiento son la Subdirección General de Títulos y Ordenación y la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
Dicho proceso se concreta cuando se emite un expediente de homologación y equivalencia. El Ministerio de Universidades, para dar resolución con la solicitud, se encarga de emitir documento que se ajuste a la normativa nacional e internacional. Allí se detalla si la solicitud ha sido denegada o aceptada, para lo cual se concede la emisión de una credencial de homologación o equivalencia para el título.
hola, soy odontologa recibida de la U.N.CUYO. de MENDOZA ARGENTINA, hace 25 años que estoy recibida ejerciendo en forma privada y en dependencia de una sala del Estado, quisiera me pudieran asesorar para homologar mi titulo y ver posibilidades de trabajo en España. Tengo 49 años, experiencia ciudadania italiana, hija de italiano médico que vino de 3 años desde Italia. desde ya agradecere su rta. y ayuda. saluda atte