Salario mínimo interprofesional

Salario Mínimo Interprofesional España

El salario mínimo interprofesional o SMI es el valor básico que recibe un trabajador por una jornada de trabajo, de forma legal. 

En fechas recientes el ministerio de Trabajo ha anunciado el aumento del salario mínimo Interprofesional de 950 hasta los 965 euros mensuales y 14 pagas. Esta medida fue motivo de muchos debates, pero ya se ha materializado y lo podrás corroborar en el Real Decreto 817/2021 aprobado el 28 de septiembre por el consejo de ministros.

Este incremento se cumple debido a que en el 2020 se prorrogó el mismo, lógicamente por la situación económica general causada por la pandemia. En virtud de que la situación ha mejorado, se consideró realizar este incremento sin más dilación. 

Por qué existe el salario Mínimo

A través de este salario se protege a los trabajadores quienes no deben recibir  remuneraciones que no sean acordes con su labor y que estén indebidamente calculadas por debajo de lo merecido. 

Al existir la remuneración salarial mínima, todos se benefician de manera equitativa y justa. También se ha planteado esta medida como una política que va en contra de la pobreza y la desigualdad.

Se ha motivado a que los trabajadores defiendan este salario mínimo pues a través de este se refuerzan otras políticas sociales que van en pro de mejorar las condiciones de empleo.

Un beneficio para los trabajadores

El proyecto de aumento salarial tiene sus miras en el año 2023, tiempo en el cual debería  situar el salario mínimo en un 60% del salario medio. En este momento ya los trabajadores comenzaron  a ver el aumento actual en su nómina. Dicho aumento lo reciben con un retroactivo contado desde el 1 de septiembre de 2021.

Este salario planteado por el gobierno, favorecerá a los trabajadores fijos, a los eventuales y a los empleados de hogar.

Para ello se ha tomado en cuenta cuatro aspectos:

  • Ìndice de Precios de Consumo 
  • La productividad media nacional que se ha alcanzado, 
  • En cuanto a la renta nacional, se toma en cuenta el incremento de la participación del trabajo 
  • Coyuntura económica en general

Generalidades del salario interprofesional

    • El Ministerio de Trabajo propuso un incremento de 15 €, y se ha aprobado por el Consejo de Ministros.
    • El salario mínimo Para el 2021 queda determinado para cualquier actividad  en 965,00 euros al mes.
    • Este salario se refiere a la jornada legal en cada actividad. Esto no incluye el salario que percibe un trabajador diariamente, que es proporcional a los días festivos y por supuesto, los domingos.
    • Se aspira llegar gradualmente a los 1.050 euros mensuales.
    • La propuesta plantea que en 2022 y 2023 se incremente 40 € por año.

¿Este aumento en el salario mínimo afectará el empleo? 

Los muy involucrados con  el Banco de España, plantean que el impacto podría ser moderado con este aumento de 15 €, sin embargo sí temen que los incrementos planteados para 2022 y 2023, si podrían tener un impacto significativo.

Algunos organismos han planteado que los cálculos sobre esta medida de incremento salarial, no se han realizado totalmente porque aún la ven difusa. Especialmente se refieren a los incrementos planteados para los próximos años.

Es recomendable hacer una proyección del impacto, observando cómo fue el comportamiento en el 2010 cuando la subida llegó hasta los 900 euros. En este año hubo  entre 0,6 y 1,1 puntos porcentuales menos a la creación de empleo y esto afectó especialmente a los jóvenes y los mayores de 45 años.

¿Y qué pasará con los autónomos?

Esta subida del Salario Mínimo Interprofesional aumenta las cuotas a la Seguridad Social de los autónomos, debido a un aumento de tres décimas de su cuota. 

En caso de tener empleados, también aumentan los salarios de estos. En un 30% aproximadamente, llega a aumentar la cantidad que se debe pagar en cuanto a salarios brutos. 

¿Cómo se aplica el aumento en trabajadores eventuales y empleados del hogar familiar?

  • Bajo ninguna circunstancia, la cuantía del salario profesional diario puede ser inferior a los 44 euros por jornada.
  • Cuando la relación laboral con la empresa no pasa de 120 días, el trabajador percibirá el salario mínimo diario establecido. 
  • Recibirá también la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos.
  • Para empleados del hogar familiar el salario mínimo será de 7,43 euros por hora efectivamente trabajada.

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